La Secretaría de Administracion
y Finanzas informa
A los contribuyentes del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a la Venta Final de Gasolina y Diesel, las cuotas para el pago de su impuesto a esta Secretaría:
Con fundamento en el artículo 2-A, fracción II, incisos a), b) y c) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, las cuotas que permanecerán vigentes a partir del mes de julio del 2009, son las siguientes:
Gasolina Magna
36.00 centavos por litro
Gasolina Premium UBA
43.92 centavos por litro
Diesel
29.88 centavos por litro
INFORMACION TELEFÓNICA: 3 10 40 00, extensión 7194, Departamento de Control de Obligaciones y 7171, Asistencia a Contribuyentes.
Lada sin costo 01 800 5 43 14 64.
lunes, 13 de julio de 2009
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